El juez pide que se investigue a Dina Bousselham por falso testimonio para salvar a Iglesias
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón ha derivado a los Juzgados de Plaza de Castilla una causa para que se investigue a Dina Bousselham por falso testimonio para salvar a Pablo Iglesias cuando declaró en la pieza del caso Tándem sobre la sustracción de la tarjeta del móvil que le fue sustraída.
En esta pieza separada, la número 10 del caso Villarejo, se investiga qué ocurrió con la tarjeta de memoria SD del teléfono móvil supuestamente sustraído a Dina Bousselham en noviembre de 2015, cuando trabajaba como asistente de Pablo Iglesias en el Parlamento europeo. La propia Dina entregó al Juzgado Central de Instrucción número 6 la tarjeta Micro-SD de la marca Samsung, de 32 GB de capacidad, totalmente destrozada, por lo que la Policía Científica no pudo analizar su contenido. Se trata de la prueba principal de la causa.
Bousselham ha cambiado de versión hasta en tres ocasiones. La última vez, en un escrito dirigido al juez este miércoles, para salvar al líder de Podemos de una posible imputación por los delitos de descubrimiento y revelación de secretos del art. 197.1 y 2 del Código Penal y delito de daños (obstrucción a la Justicia por destrucción de pruebas) del art. 264 del mismo texto legal. Lo ha hecho en detrimento de su condición como testigo, que podría cambiar ahora a la de investigada. El testigo tiene la obligación legal de decir la verdad, y en el caso de que incumpliese su obligación, podría ser procesado por la vía penal. El delito de falso testimonio está tipificado en el artículo 458 del Código Penal dice así:
1. El testigo que faltare a la verdad en su testimonio en causa judicial, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa de tres a seis meses.
2. Si el falso testimonio se diera en contra del reo en causa criminal por delito, las penas serán de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses. Si a consecuencia del testimonio hubiera recaído sentencia condenatoria, se impondrán las penas superiores en grado.
Nuevo proceso
En su auto, el magistrado García-Castellón ha admitido la solicitud de la Asociación de Juristas Europeos Pro Lege en la que interesaba que se dedujera testimonio de ambos acordando la apertura de una pieza separada, al ser delitos conexos con los de la pieza principal, o bien, de forma subsidiaria, que se enviara al órgano competente para su instrucción.
En su resolución, el titular del Juzgado Central de Instrucción 6 acuerda, además, la deducción de testimonio a los juzgados de Alcorcón por la presunta comisión de un delito de acusación y denuncia falsa y/o delito de simulación del delito.
El auto explica que, tal y como expone la referida representación procesal, el propio magistrado ya puso de relieve las contradicciones apreciadas en las declaraciones de los testigos Dina Bousselham y Ricardo Antonio de Sa Ferreira en la exposición razonada elevada a la Sala Penal del Tribunal Supremo el 7 de octubre de 2020. El instructor reproduce a lo largo del auto los argumentos de la exposición razonada que sustentan la deducción de testimonios acordados.